DESPIDOS DISICPLINARIOS: LAS VIDEOGRABACIONES SON PRUEBAS VALIDAS
El Tribunal Supremo ha confirmado la jurisprudencia que venía aplicando desde hace tiempo sobre la validez de las videograbaciones que efectúa el empresario para justificar el despido de un trabajador de forma disciplinaria (STS de 30 de marzo de 2022, anula sentencia del TSJ de Madrid).
No obstante, tales videograbaciones, para ser prueba válida en un juicio, tienen que reunir unos requisitos, entre los que se encuentra:
1.- Que el trabajador este al corriente de la existencia de las cámaras.
2.-Que no se vulnere ningún derecho fundamental.
Es de resaltar que, la reproducción de lo grabado por las cámaras de videovigilancia han de ser una medida «justificada, idónea, necesaria y proporcionada al fin perseguido», por lo que no toda grabación será válida, si no reúne estos requisitos.